LA ERTZAINTZA COBRARÁ LOS RESCATES PROVOCADOS POR NEGLIGENCIA.




Fuente: Desnivel Press.

Primero fue Cataluña, después Cantabria y Asturias, y ahora el País Vasco el que anuncia que cobrará los rescates en montaña cuando la intervención este provocada por negligencia o imprudencia.

El viceconsejero de Interior del País Vasco, Raúl Oscar Fernández de Arroiabe, ha declarado que su gobierno ha empezado a reflexionar sobre esta posibilidad y que lo hace no sólo para ahorrar costes sino, sobre todo, para no poner en riesgo gratuitamente las vidas de los miembros de los equipos de rescate. El consejero recalcó que la factura sólo se haría efectiva en casos de flagrante negligencia como por ejemplo, caminantes que sufran accidentes en camino prohibidos o que se pierdan por no hacer caso a las alertas meteorológicas o por no ir con un equipo básico como una brújula. El objetivo es concienciar a los aficionados de que la montaña no es un juego.

El caso catalán
El País Vasco tiene como modelo a Cataluña que comenzará a cobrar los rescates a partir de octubre cuando las intervenciones vengan motivadas por acciones negligentes.

Desde el 2008 Bomberos de Catalunya ya venían remitiendo las facturas pero sólo a título informativo. Cataluña fue, de hecho, la primera comunidad autónoma en legislar este asunto. Los precios de los «rescates en zonas de riesgo o difícil acceso cuando sea debido a conductas imprudentes o temerarias» se publicaron en el Boletín Oficial de la Generalitat en febrero del 2005. El precio se determina por el número de bomberos que intervienen y el tiempo invertido. Los precios del año 2008 son 30 euros la hora de trabajo de un bombero, 39 la de un vehículo y 2.271 la hora de vuelo un helicóptero.

Tras la publicación del reglamento los equipos de rescate catalanes notaron un considerable descenso en la cifra de operaciones , aunque de nuevo se observa un relajamiento en la prudencia de los aficionados.

Según la legislación catalana hay tres casos claros de imprudencia o negligencia: que éste esté relacionado directamente con el hecho de no hacer caso a carteles o señales de prohibición o advertencias; que el rescatado no lleve el equipo necesario y correcto para la actividad que esté practicando en el momento del accidente; y en los casos en los que la intervención esté injustificada.

El caso cántabro
También Cantabria tiene fijados por ley los precios de los servicios de rescate de Protección Civil: 328 euros la hora de una dotación completa y 1.639 euros la hora de un helicóptero. Cantabria viene publicando estas tarifas desde hace varios años, pero fue en 2007 cuando se ajustó que sólo se cobrarían los rescates en «montaña y espeleología» cuando éstos fueran provocados por negligencia o por no haber atendido una alerta meteorológica.

La ley cántabra incluía también como motivo de cobro el que se estuviera realizando sin permiso una actividad que necesitara autorización. No obstante, desde que la ley está vigente, Protección Civil de Cantabria no ha cobrado ningún rescate. Mientras tanto, los vecinos asturianos observan con atención la experiencia de los cántabros, aunque de momento no piensan en una norma similar.

La oficina de prensa de la Presidencia del Principado confirmó a esta redacción que Asturias no ha escrito ni una línea en este sentido pese a que en algunos medios de comunicación hayan aparecido noticias que podría hacer pensar lo contrario.